Viernes, 29 de Marzo de 2024 |

Estos son los requisitos para ingresar al país desde el exterior

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El Ministerio de Gobierno recuerda los requisitos para ingresar al territorio nacional si fue realizado un viaje al exterior del país. Conocelos a continuación.

El Gobierno Nacional puso en marcha a partir de las 00 horas del 25 de diciembre, nuevos requisitos para el ingreso y egreso de argentinos y residentes (y extranjeros previamente autorizados por la DNM) a través del aeropuerto internacional de Ezeiza o de San Fernando, establecidos como únicos ingresos a la Argentina, que incluirán la presentación de un test de PCR negativo y la realización de una cuarentena obligatoria de 7 días.

Quedaron habilitados para el ingreso solamente los aeropuertos de Ezeiza y San Fernando y la terminal Buquebus del puerto de Buenos Aires.

Aquellos argentinos o residentes que salieron del país por algunos de los pasos terrestres que estaban habilitados, entre abril y el 25 de diciembre de 2020, podrán retornar solo por los siguientes pasos: Desde Uruguay: Gualeguaychú – Fray Bentos; Desde Brasil: Paso de los Libres – Uruguayana; Desde Chile: Cristo Redentor y los pasos que involucren el tránsito país – país.

En todos los casos se exigirá a quienes ingresen un PCR negativo y la realización de una cuarentena de 7 días.

De esta manera, queda en suspenso la prueba piloto que autorizó el ingreso de turistas extranjeros provenientes de países limítrofes, tanto por en las terminales aéreas de Ezeiza y San Fernando, como por la portuaria de Buquebus. En esta terminal del Puerto de Buenos Aires sólo se autorizará el ingreso de argentinos y residentes.

En ese marco, la DNM dispuso también que los pasos fronterizos de San Sebastián e Integración Austral, ambos situados en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, queden exceptuados de la restricción de egresos e ingresos, para garantizar el tránsito con la República de Chile y la conexión con el resto del territorio argentino.

A la vez, a partir de las recomendaciones de la cartera de Salud, y dentro de un trabajo articulado por Jefatura de Gabinete y los ministerios de Interior y Transporte, se dispuso suspender la llegada y salida de vuelos desde y hacia Italia, Dinamarca, Países Bajos y Australia, como así también mantener la restricción con Gran Bretaña, a raíz de la situación epidemiológica que registran estos países tras la aparición de una nueva cepa de COVID-19.

Exceptuados:

– Diplomáticos, funcionarios, y personal esencial proveniente de los destinos habilitados deberán contar con autorización de la DNM , presentar test de PCR negativo y seguro COVID
– Personal de transporte internacional y tripulaciones quedan exentos de los requisitos, bajo la aplicación de los protocolos sanitarios específicos, en el ejercicio exclusivo de su actividad.
– Los deportistas enmarcados en protocolos específicos para eventos deportivos, previa autorización de la DNM y autoridad Sanitara, su actividad será supervisada por el Ministerio de Turismo y Deportes.

Requisitos:

1) Declaración jurada de ingreso/egreso del país de migraciones. (Dentro de las 48hs previas al viaje) www.migraciones.gob.ar
2) PCR de 72hs máximo previas al viaje. En caso de haber transitado la enfermedad en los 90 días previos presentar certificado de diagnostico de Covid 19 y alta médica.
3) CUARENTENA cuarentena de 10 días de efectuada la prueba PCR, siendo normalmente cuarentena efectiva de 7 días en el hogar.
4) Utilización de la app CUIDAR COVID para la circulación en el país hasta el destino.

Extranjeros con familiares directos de nacionalidad argentina y residentes en el país

Los extranjeros de países que no requieran visado previo (ya que los que requieran visado, deben ser previamente autorizados por DNM) que pueden ingresar al territorio nacional son aquellos que tienen familiares directos que sean argentinos o extranjeros residentes: madre, padre, hijo, hermano o cónyuge.

El ingreso se podrá realizar sólo a través de los Aeropuertos Internacionales de Ezeiza y San Fernando, cumpliendo los siguientes requisitos:

La gestión se podrá realizar ante Consulado o la Dirección Nacional de Migraciones

Consulado

La “Visa por reunificación familiar” cuesta entre 550 y 850 dólares y habilita al extranjero a solicitar la residencia permanente en Argentina.

Pasos:
a) Presentar certificado de nacimiento, matrimonio, convivencia o unión convivencial, debidamente apostillado o legalizado, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino o residente, copia del DNI argentino del familiar
b) Cancillería de intervención a Ministerio de Salud y Dirección Nacional de Migraciones para autorizar el ingreso
c) Dentro de las 48 horas previas al embarque, completar DDJJ electrónica con PCR negativo (la toma de la muestra no puede tener más de 72 horas previas al embarque)
d) Presentar PCR negativo físico en el momento del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo
e) Deberá realizar cuarentena de 7 días en el domicilio consignado en la DDJJ

Dirección Nacional de Migraciones

Para visita de familiar argentino (no otorga residencia) con tasa migratoria de 9.000 pesos (Decreto N° 865/19 artículo 1° inciso m).

Pasos:
a) Presentar ante la aerolínea certificado de nacimiento, matrimonio, convivencia o unión convivencial, debidamente apostillado o legalizado, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino o residente, copia del DNI argentino del familiar y reserva de pasajes
b) Presentar ante la aerolínea nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso y lugar donde se hospedará
c) Dentro de las 48 horas previas al embarque, completar DDJJ electrónica donde debe adjuntar PCR negativo (la toma de la muestra no puede tener más de 72 horas previas al embarque) y seguro médico Covid-19
d) Presentar PCR negativo físico y seguro médico Covid-19 físico en el momento del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo
e) Deberá realizar cuarentena de 7 días en el domicilio consignado en la DDJJ

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